MAPA DE IMPACTOS DE LA AUTODETERMINACIÓN DEL SEXO REGISTRAL

LO QUE NUNCA PASARÍA PERO NO DEJA DE PASAR

Referencia 12 en el mapa

En esta referencia se incluyen 12 casos que no pueden ser ubicados geográficamente en el mapa

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El mapa elaborado por la Alianza Contra el Borrado de las Mujeres documenta y sitúa geográficamente los casos conocidos en los que la aplicación de la llamada ley Trans ha permitido sortear y pervertir la Ley contra la Violencia machista, la Ley de Igualdad y otras normativas implementadas con el objetivo de corregir las desigualdades entre mujeres y hombres.

Desde antes incluso de su aprobación, las organizaciones feministas advirtieron de las colisiones de una ley que permite la autodeterminación del sexo legal con las protecciones basadas en la categoría jurídica “sexo” y con las medidas antidiscriminatorias por razón del sexo.

Los casos de maltratadores que han eludido la Ley contra la violencia machista y que no han podido ser juzgados con arreglo a esa Ley, con la desprotección que esto implica para sus víctimas, ponen de relieve las grietas que ha abierto la autodeterminación del sexo registral en la lucha contra esa violencia.

Conviene recordar que la decisión del cambio de sexo legal no afecta a aquellos procedimientos judiciales por violencia machista cometidos previamente, pero sí afectará en el caso de que la agresión contra la pareja o expareja se cometa con posterioridad al cambio de sexo registral, ya que no se podría investigar ni juzgar en el juzgado de Violencia sobre la Mujer que tendría que inhibirse en favor de un juzgado de instrucción.

El mapa recoge casos publicados en prensa de maltratadores que no han podido ser juzgados con la Ley contra la violencia machista por haber agredido a sus parejas tras el cambio del sexo registral que les concede estatus legal de mujeres. Casos en los que las víctimas han perdido las especiales protecciones y ayudas contempladas en aquella Ley. También casos en los que los procedimientos se han dilatado, a costa de la seguridad de las víctimas, en espera de decidir qué juzgado debía ocuparse de la denuncia contra el maltratador.

Impactos Ley Trans

Puerta abierta a maltratadores y oportunistas

Impactos Ley Trans
Impactos Ley Trans

Jonathan de Jesús Robaina fue el asesino de su prima; algunos medios se refieren en femenino

El escenario de situaciones indeseadas que abre la aplicación de la Ley Trans es muy amplio. Valga como ejemplo el de varios maltratadores de la Comunidad de Madrid que han solicitado ser atendidos en los mismos puntos municipales del Observatorio de Violencia de Género en el que están siendo atendidas sus ex parejas. Esta situación propició en su día que la Comunidad de Madrid se dirigiera al Ministerio de Igualdad para solicitar instrucciones.

Han trascendido también casos de hombres que han usado las facilidades concedidas por la ley para, una vez modificado el sexo legal, reclamar la custodia de sus hijos.

La autodeterminación da carta blanca al oportunismo al permitir, como ya ha sucedido, que los varones se beneficien de forma ilegítima de determinadas pruebas físicas para presentarse a oposiciones, puestos reservados a las mujeres en listas electorales paritarias y otras medidas de acción positiva dirigidas a las mujeres.

Las diferentes pruebas físicas para mujeres y hombres en oposiciones para acceder a los cuerpos de bomberos o de policías explican los ejemplos documentados de opositores hombres que han obtenido plaza tras acceder a los exámenes con un DNI de mujer. En su día, la Alianza Contra el Borrado de las Mujeres profundizó en el caso de dos bomberos de la Generalitat, uno en Badalona y otro en Vic, que habían accedido al cupo reservado a las mujeres.

Llama la atención el elevado porcentaje de militares, policías y guardias civiles que han solicitado y obtenido el cambio del sexo en los registros civiles. Diferentes fuentes apuntan a objetivos tan variados como obtener ventajas en la promoción interna y en los ascensos, tener acceso a vestuarios individuales y otros.

De forma generalizada, los cambios registrales no han ido acompañados de cambios de nombre o de aspecto.

Un caso que tuvo cierto impacto mediático fue el de la asociación de Trans No Normativos, que asesora a varones que quieren cambiar su sexo legal, y que, según la organización, reunía a 1.500 socios en 2024. Están asesorados por el abogado Javier Sanz, especializado en casos de violencia machista, que también modificó el sexo registral pocos meses después de aprobarse la Ley Trans. En sus declaraciones, la asociación deja claras sus intenciones de ridiculizar y destruir las políticas de igualdad.

Colonización de los espacios privados de las mujeres

Se recogen, así mismo, en el mapa casos en los que el cambio registral ha permitido a los protagonistas reclamar el uso de los vestuarios femeninos en los centros de trabajo, en las comisarías, en los cuarteles o en los lugares de ocio. En este grupo se incluyen las trabajadoras del servicio del SAMUR de Madrid, que en 2024 denunciaron el uso de sus vestuarios por dos compañeros trans. O el de las familias de niñas de 11 a 12 años socias de un club de natación en A Coruña, que han denunciado la presencia de un hombre en sus vestuarios.

Asalto de vestuarios y también de prisiones de mujeres. La ley trans permite, por ejemplo, que un proxeneta condenado de Gran Canaria, que captaba y conseguía menores para que ejercieran la prostitución, cambie legalmente su sexo legal y exija ser trasladado a un módulo carcelario de mujeres. Conviene recordar que en el registro no se verifican los antecedentes penales de la persona que solicita el cambio del sexo legal. Violadores, feminicidas y maltratadores pueden pedirlo y obtenerlo sin traba alguna.

Delincuentes sexuales y feminicidas se amparan en la ley para exigir ser tratados como mujeres. El caso más sangrante es el de Jonathan Robaina, el asesino y violador de su prima, Vanessa Santana, que durante el juicio exigió ser llamado Lorena. Cuando, a través del portal de Transparencia de la Administración, Contra Borrado preguntó si  Jonathan Robaina estaba recluido en una cárcel de mujeres o en una de hombres, la respuesta fue una negativa a dar la información bajo la excusa de la protección de datos.

El mapa recoge también esos casos en los que la prensa participó en la ceremonia de la confusión tratando en femenino a delincuentes sexuales y maltratadores condenados.

En este punto hay que recordar que la atribución a las mujeres de crímenes cometidos por hombres altera la estadística y dibuja un panorama falseado de la realidad. La campaña internacional «No son nuestros crímenes» denuncia la connivencia de los juzgados, la policía y la prensa, unánimes a la hora de tratar en femenino a violadores, feminicidas y pederastas.

Conviene resaltar aquí cómo de forma sistemática los medios de comunicación confunden sexo y género en el tratamiento de las noticias relacionadas con los cambios registrales. Los titulares recogidos en las fichas descriptivas que acompañan al mapa evidencian una absoluta falta de rigor informativo. Pese a esos titulares, el sexo no se cambia: se modifica el dato sexo en el Registro Civil. Tampoco se altera el “género”: en ningún documento oficial, incluyendo el DNI, figura un dato -el género- que hace referencia a los diferentes estereotipos sexistas que se adjudican socialmente a mujeres y hombres.

La casuística documentada de los impactos de la ley trans supera el centenar de ejemplos. Son solo los que han trascendido a la prensa. Los primeros casos se sitúan en los meses inmediatamente posteriores a la aprobación de la ley. Los últimos lo son solo a la espera de que aparezcan más. Se podría hablar de fraudes si no fuera porque, como también ha señalado repetidamente el movimiento feminista, el fraude es la ley trans: no se puede hablar de fraude en relación con un texto que no establece ni una sola condición para proceder al ficcionado jurídico del dato registral “sexo”. Todas las peticiones cumplen los requisitos porque no hay requisitos.

Los casos que se recogen en el mapa ponen en entredicho las declaraciones oficiales sobre la irrelevancia del impacto negativo de la Ley trans sobre los derechos de las mujeres. Ninguna magnitud es intrascendente cuando juega a favor de socavar esos derechos. Más aún: puede afirmarse que el gobierno y las instituciones competentes ignoran cuáles son las cifras reales.

Impactos Ley Trans
Impactos Ley Trans

La ley trans “ha dejado abierta la puerta al fraude”  […] “porque no prevé sanciones ni detalla cómo actuar en caso de abuso y eso conlleva una vulneración de los derechos de las víctimas y pone en riesgo su protección. Afirma la magistrada que el fraude de ley para eludir la responsabilidad penal por violencia de género sería muy difícil de probar, puesto que la autodeterminación del sexo no exige más requisitos que manifestar la voluntad ante el Registro Civil y tener 16 años o más.

Declaraciones de Cira García, magistrada del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Getafe

Voluntad de ocultación

Impactos Ley Trans

A finales de 2024, la Alianza Contra el Borrado de las Mujeres, en virtud de la Ley de Transparencia, remitió al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes tres preguntas relativas a las instrucciones que ha dado dicho ministerio para detectar los casos de fraude, así como el número de casos desagregados por sexo, el total de casos por provincias y las razones esgrimidas en las solicitudes que hayan sido desestimadas.

El ministerio que dirige Félix Bolaños respondió que “corresponde al encargado del Registro Civil la apreciación de la posible concurrencia de un fraude de ley, no disponiéndose en este Centro Directivo de esos datos concretos.

A esto se suma la negativa a ofrecer información sobre el número de casos por provincia, en base a que “Recabar la información de cada uno de los Registros Civiles requeriría de una compleja acción previa de reelaboración, dado el número y la situación de las oficinas del Registro Civil.

En  cuanto a los datos solicitados sobre los indicadores y argumentos manejados por los encargados del registro en los casos desestimados que según el Ministerio predicen un «uso fraudulento de la ley», el ministerio de Presidencia responde que “La información prevista en la LTAIBG no ampara la elaboración de informes ad hoc, especialmente si dichos informes tienen que ser elaborados expresamente para dar contestación a una solicitud de acceso, no existiendo más elementos, criterios o indicadores por parte del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes”.

El Ministerio responsable de la gestión, sostenimiento y control de los registros civiles reconoce en su respuesta que no tiene control respecto a datos esenciales como el sexo de quienes demandan la modificación de ese dato registral, los desistimientos o los arrepentimientos. La respuesta del Ministerio admite la caótica situación estadística en los Registros Civiles y la ausencia de instrucciones suficientes que orienten la labor de los registradores. También la falta de voluntad política de hacer accesibles informaciones que pondrían de manifiesto la chapuza legislativa que implica un concepto jurídico como la “autodeterminacion” de un dato registral con grandes implicaciones prácticas en amplias esferas de las relaciones sociales y que colisiona con derechos de terceros.

Lejos de ser casual, la falta de datos es el reflejo de una voluntad de ocultación de la información sobre los efectos de la ley trans.

Alianza Contra el Borrado de las Mujeres

31 de enero de 2026.

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