Carta abierta del Consorcio Internacional para el Deporte Femenino, del que la Alianza Contra el Borrado de las Mujeres es socia fundadora, al presidente Thomas Bach y al Comité Ejecutivo del COI.

Estimados señores:

El Consorcio Internacional para el Deporte Femenino (ICFS) les insta a ustedes, como representantes del Comité Olímpico Internacional (COI), a que restablezcan la seguridad y la equidad para las mujeres deportistas.

 Desde 1999, año en que se abandonaron las pruebas de verificación del sexo femenino en el deporte, han implementado una serie de cambios normativos que han hecho que las competiciones olímpicas sean cada más problemáticas para las deportistas. En ningún momento de esta consecución de decisiones consultaron adecuadamente a las mujeres, a pesar de ser las únicas afectadas negativamente por sus decisiones.       

En 2003 se produjo el «Consenso de Estocolmo», que abrió la puerta a los transexuales masculinos que se hubieran sometido a cirugía genital, asumiendo frívolamente que habría tan pocos varones castrados que no supondría ningún problema incluirlos en la categoría femenina. Su colega experto de entonces, el Dr. Louis Gooren, afirmó lo siguiente: “Dependiendo de los niveles de arbitrariedad que se quieran aceptar, es justificable que los ‘varones reasignados’ puedan competir con otras mujeres”. Fue una decisión ilógica, acientífica y completamente arbitraria la que ustedes tomaron, una decisión impulsada por la política ―exigencias de un sector minúsculo de la sociedad― y no por la ciencia o el sentido común.

Pero eso no resultó suficiente para los hombres que querían eludir el requisito de la cirugía. Así pues, centrándose exclusivamente en las necesidades y deseos de los hombres, en 2015 llegaron al “Consenso Transgénero”, por el que un hombre solo tenía que identificarse como mujer, “vivir como una mujer” durante un año y reducir su testosterona para competir en la categoría femenina (¡un nivel [de testosterona] muchas veces superior al permitido para las mujeres deportistas!). Como era de esperar, el tiro les salió por la culata en Tokio 2020, cuando llegó el varón Laurel Hubbard y les puso en evidencia, ya que desplazó a deportistas merecedoras de competir en halterofilia femenina.

Hubbard creó tal distracción mediática que ustedes decidieron que la forma de resolver la situación sería retorcer aún más la política de elegibilidad femenina, haciendo una rápida consulta con las “partes interesadas” activistas a finales del verano de 2021; una vez más, sin dedicar ningún esfuerzo a las partes interesadas femeninas. De hecho, cuando una de nuestras colegas de Australia, la abogada Katherine Deves, les envió una carta en agosto de 2021 solicitando la participación de las mujeres en la consulta, ustedes le cerraron la puerta sin dudarlo, con la excusa de que “las consultas ya están cerradas”.

 Lo que surgió de esa ronda de consultas (no inclusivas) fue su última postura política: el “Marco del COI sobre equidad, inclusión y no discriminación por motivos de identidad de género y variaciones sexuales”, publicado en noviembre de 2021. En lugar de procurar proteger la categoría femenina de la injusta inclusión de la ventaja masculina, ustedes se limitaron a dejar la cuestión de la protección en manos de cada federación deportiva y a esconderse detrás de palabras que quedaban muy bonitas: No se debe impedir competir ni excluir de la competición a ninguna deportista por el único motivo de tener una ventaja competitiva injusta no verificada, supuesta o percibida debido a sus variaciones sexuales, apariencia física o condición transgénero.

 Por eso, en el año 2021, ustedes introdujeron un nuevo principio en el panteón de los ideales olímpicos: No existe presunción de ventaja competitiva.

Después de más de un siglo de registros olímpicos que demuestran lo contrario, las atletas olímpicas se verían obligadas a aceptar la idea de que los atletas masculinos no tienen ninguna ventaja competitiva sobre ellas y que correspondería a las atletas femeninas demostrar que sí la tienen. Correspondería a las participantes demostrar la injusticia y la falta de seguridad caso por caso.

Nos resulta desgarrador contemplar el grado de luz de gas que implica esta postura. Ustedes, el COI, no solo se desentendieron de cualquier obligación de establecer un límite claro en torno a la categoría deportiva femenina, sino que, al hacerlo, establecieron un “marco” ideológico que haría prácticamente imposible que cualquier atleta femenina protestara o demostrara que se había producido una violación de cualquier tipo en su competición por motivo del sexo biológico.

Esta deleznable secuencia de ceder el derecho de las mujeres a practicar deporte con seguridad y equidad es una clara violación de la Carta Olímpica. El punto 6 de los Principios Fundamentales del Olimpismo afirma que los atletas tienen derecho a participar en los deportes olímpicos sin discriminación por razón de sexo (enumerado entre otras características). No puede haber mayor ejemplo de discriminación sexual que permitir que un atleta varón compita contra una mujer y le arrebate una medalla, un puesto o incluso la oportunidad de competir, como le ocurrió con 18 años a Roviel Detenamo, de la isla de Nauru, al ser excluida de los Juegos de Tokio 2020 por la “inclusión” del altera Laurel Hubbard.

 Lo único peor que la exclusión o la pérdida de una medalla es la mayor exposición al daño físico que se producirá (¡inevitablemente!) cuando se incluya a un atleta varón en un deporte de contacto femenino. Y así llegamos a la polémica de Imane Khelif por su participación en boxeo en los Juegos Olímpicos de París 2024. El 4 de noviembre de 2024, la revista online Reduxx expuso la filtración de un informe médico argelino donde se menciona que Imane Khelif tiene cromosomas XY y testículos.

De esta información se desprende que Khelif nació varón y desarrolló ventajas del rendimiento deportivo masculino al pasar por una pubertad masculina normal. Según informó Oliver Brown en el diario The Telegraph el 6 de noviembre de 2024, la prueba médica ha sido verificada por los responsables de la Asociación Internacional de Boxeo (IBA), que afirman a continuación que un segundo boxeador olímpico de origen taiwanés, Lin Yu-ting, recibió un diagnóstico similar y se le permitió boxear en categoría femenina en París 2024.

 Sabemos que la ventaja en potencia de pegada de un hombre en comparación con una mujer (162%) es la disparidad más extrema de todas las desigualdades biomotoras basadas en el sexo que se dan en el deporte. Esta diferencia de potencia entre oponentes masculinos y femeninos de la misma categoría de peso es mucho mayor que la diferencia de potencia de pegada entre boxeadores de peso pesado y peso ligero dentro de la categoría masculina.

 No es de extrañar, por tanto, que tanto Imane Khelif como Lin Yu-ting se llevaran a casa las medallas de oro femeninas en sus respectivas categorías de peso. Lo más decepcionante para nosotras es que los responsables de la IBA han ofrecido pruebas claras de que ambos boxeadores varones habían sido descalificados del boxeo femenino un año antes (2023) basándose en estas pruebas y que ustedes (dirigentes del COI) eran conscientes de la justificación médica para excluirlos.

 Nos cuesta entender cómo y por qué reincorporaron a estos boxeadores a la categoría femenina en París 2024, cuando sabían perfectamente que existían disparidades biológicas extremas. Ustedes eran perfectamente conscientes de que incluir a estos dos varones supondría exponer a las boxeadoras olímpicas a un riesgo extremo de lesión y, desde luego, a perder injustamente posiciones en el podio. Va en contra de todo lo que representa el olimpismo.

 Solo podemos concluir que, cuando se descubrió la verdad sobre estos dos boxeadores durante París 2024, ustedes se vieron atrapados en la confluencia de dos limitaciones éticas dispares: (1) la adhesión a la Carta Olímpica o (2) la adhesión a un nuevo conjunto de “principios” que celebran un cierto tipo de “inclusión”, a expensas de la seguridad y la equidad. Está claro que han optado por lo segundo, una vez más, a costa de las mujeres deportistas.

 Permítannos recomendarles que, tras veinticinco años de socavar sistemáticamente la categoría femenina en los deportes olímpicos y, posteriormente, de malgastar cada vez más energía en hacer frente a la publicidad negativa, ha llegado el momento de corregir el rumbo. En su mano está salvar la integridad de los Juegos dando prioridad a la seguridad y la equidad de las mujeres deportistas en lo que respecta a la elegibilidad para competir en categoría femenina en los Juegos Olímpicos. Y disponen del mecanismo perfecto para conseguirlo: la prueba de verificación del sexo mediante frotis bucal.

 En su reciente informe sobre “La violencia contra las mujeres y las niñas en el deporte”, de 27 de agosto de 2024, la Relatora Especial de la ONU, Reem Alsalem, se muestra de acuerdo y recomienda que, cuando se trate de competiciones femeninas, los responsables deben: Garantizar que las categorías femeninas del deporte organizado sean exclusivamente accesibles a las personas cuyo sexo biológico sea femenino. En los casos en que el sexo de un deportista sea desconocido o incierto, deberá aplicarse un método de detección del sexo digno, rápido, no invasivo y preciso (como un frotis bucal) o, cuando sea necesario por razones excepcionales, pruebas genéticas para confirmar el sexo del deportista.

 Les instamos a que vuelvan a convocar una consulta global sobre este asunto y les brindamos nuestro apoyo más sincero. Les insistimos en que restablezcan las directrices de elegibilidad basadas en el sexo de forma que la política del COI vuelva a estar en consonancia con los principios originales de la Carta Olímpica.

 Juntas en el deporte,

Consorcio Internacional para el Deporte Femenino

https://www.icfsport.org/

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