Las primeras leyes aprobadas por los parlamentos autonómicos que hacen referencia a la presencia de varones auto identificados mujeres, surgen a partir de 2015. Desde entonces se redacta una nueva generación de leyes que, siendo copias unas de otras, pivotan sobre la idea de la “autodeterminación del género”, aunque administrativamente este concepto no tiene efectos registrales, lo que implica una ficción jurídica que en realidad actúa para que sea factible autodeterminar el sexo legal.

En la práctica deportiva, esto deriva en otorgar ventajas competitivas a quienes tienen cuerpos masculinos. En relación con el tratamiento jurídico, estas leyes autonómicas han supuesto la entrada de nuestro país en una “segunda fase” en la que se abandona el concepto de “transexualidad” para reclamar e imponer la noción de “autodeterminación del género”, borrando administrativa y estadísticamente la realidad material de la diferencia sexual.

Desde la Alianza Contra el Borrado de las Mujeres hemos hecho una recopilación de los artículos que dichas leyes incorporan en materia de deporte. En esta tabla comparativa, se resume las leyes LGTBI y Trans de las CCAA que permiten la participación de varones auto identificados como mujeres en las categorías deportivas femeninas.. Estos materiales de la ACB son y estan disponibles para que puedas usarlo en debates, conferencias o cualquier otro medio de divulgación.

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